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jueves, 13 de noviembre de 2014

Lectura y escritura exploratoria: Metodología de la investigación.

ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
Metodología de la investigación jurídica................................................  I

MARCO TEÓRICO-METODOLÓGICO, AXIOLÓGICO EPISTÉMICO

1. MARCO TEÓRICO-METODOLÓGICO
1.1  El conocimiento.............................................................................  2
1.2  El conocimiento jurídico...............................................................   2
1.3  Marco teórico................................................................................   3
1.4  Marco teórico jurídico...................................................................   3
1.5  El método.......................................................................................  4
1.6  Clasificación de los métodos.........................................................  4
1.7  El método y la técnica....................................................................  5
1.8  La metodología jurídica.................................................................  5
1.9  La relación teórico-metodológico..................................................  5

2. MARCO AXIOLÓGICO
2.1  Axiología......................................................................................   6
2.2  Axiología jurídica.........................................................................   6

3. MARCO ESPISTÉMICO
3.1  Epistemología................................................................................  7
3.1  Epistemología jurídica...................................................................  7

CONCLUSIÓN.................................................................................................  8

Bibliografía........................................................................................................ 9

METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

La investigación es una ardua tarea que tiene como finalidad ampliar el conocimiento, ésta investigación científica o no, consiste en hallar, formular problemas y luchar con ellos[1].  Es aquí donde nos preguntamos cómo se inicia una investigación y qué pasos son lo que deben seguirse para lograr resultados favorables y así llegar al objetivo deseado.

Existen una variedad de ideas respecto al camino que se debe seguir para realizar una buena investigación, pero lo que se debe tener totalmente presente es que cualquiera que se elija tiene que tener obligatoriamente una metodología; en materia jurídica nos referimos a una metodología jurídica.

Ahora bien, los pasos que se tiene que seguir para el desarrollo de una investigación es, según Rogelio Larios, primero el planteamiento del problema, la construcción de un modelo teórico, deducción de consecuencias particulares, prueba de las hipótesis, e introducción de las conclusiones de la teoría[2]. Podemos observar claramente que éste procedimiento es un poco confuso y complicado. Dada estas circunstancias acudimos a un conjunto de pasos más entendibles y sin complicaciones, estos son:
  1. elección del tema
  2. identificación del problema y;
  3. construcción de un marco teórico-metodológico, axiológico y epistémico[3].

Los pasos anteriores nos son de gran utilidad para lograr el desarrollo y la creación del conocimiento jurídico. Pero para que éste desarrollo sea eficaz se requiere de un entendimiento que logre comprender el porqué de la necesidad de un marco teórico-metodológico, axiológico, epistémico. En este ensayo se tratara de desarrollar cada uno de estos pasos con el objeto de demostrar la necesidad de crear un marco, el cual le será de gran ayuda al jurista para la comprensión y la creación de la ciencia jurídica.

MARCO TEÓRICO-METODOLÓGICO, AXIOLÓGICO EPISTÉMICO.

La palabra marco  viene del término mark, que significa cerco que rodea, ciñe o guarnece algunas cosas[4], aquí he de referirme que se trata de una cerca en la cual se crea, protege y construye el Derecho. Ésta cerca está construida por una teoría, una metodología, valores, y el ejercicio de una reflexión; lo que nos permite evitar una afectación en la pretendida investigación científica, minorizando las lagunas, errores y simulaciones que impone la ausencia de cualquiera de esos recursos necesarios[5]

MARCO TEÓRICO-METODOLÓGICO.
EL CONOCIMIENTO

El conocimiento se ha definido como la relación que el hombre establece con la realidad, lo cual implica el entendimiento, la inteligencia y la razón natural; el positivismo describe al conocimiento científico como aquel que es racional y objetivo en la explicación del universo[6], atendiendo lo anterior afirmamos que la teoría es un conocimiento especulativo que nos ayuda a crear hipótesis y leyes que son aplicable en la ciencia.

El CONOCIMIENTO JURÍDICO

Con respecto a lo anterior, el conocimiento jurídico es, por ende, la relación establecida entre el hombre con su realidad jurídica. En base a la creación de una teoría jurídica, el jurista, usando la razón y el entendimiento, lograra un buen desempeño en la hermenéutica jurídica y la aplicación y creación de las leyes.  Mario Bunge señala una serie de aspecto con los cuales debe cumplir para la realización de un conocimiento científico jurídico, éste debe estar integrados por conceptos, juicios y raciocinios; combinándose mediante reglas lógicas para construir nuevo conocimiento; organizándose conforme un sistema determinado; e integrando teorías que explican una parte de la realidad[7].

MARCO TEÓRICO

En una investigación científica, mediante el marco teórico, se logra establecer con claridad y precisión la serie de conceptos y definiciones que quedan involucradas en la materia de la que se trate, evitando la confusión conceptual[8]. Esto da a entender que para la construcción de un marco teórico es necesaria la utilización de conceptos, puesto que el concepto es el constructo humano que capta la esencia de los entes es considerado como la unidad básica de todo marco teórico[9]

Con lo anterior se aclara que la creación de un marco teórico nos ayuda a preparar el “campo” sobre el cual va a ir dirigida la investigación.

MARCO TEÓRICO-JURÍDICO

Teniendo claro el objeto del desarrollo de un marco teórico, ahora ya podemos enfocarlo en materia jurisdiccional. Éste marco teórico está compuesto por conceptos jurídicos, por lo cual es necesario el conocimiento y la comprensión de dichos conceptos.

Para la realización de un marco teórico jurídico, éste debe incluir una regulación jurídica a nivel constitucional, legal, y jurisprudencial, también debe de poseer aportaciones de diferentes doctrinas y jurisprudencias que permitan la ampliación del conocimiento jurídico, otro aspecto importante es la determinación de la postura epistémica que sustenta la investigación, pues como sabemos sin la existencia de una reflexión no podrá surgir nuevo conocimiento[10].

EL MÉTODO.

Por método se entiende, de manera muy sencilla, el conjunto de pasos a seguir para alcanzar un fin determinado, o bien, el procedimiento o el camino que se traza o planea para lograrlo. Conviene distinguir que desde el punto de vista filosófico el método es el procedimiento seguido en búsqueda de la verdad[11]. Entonces resulta que al actuar metódicamente,  se sabe qué se busca y a dónde se va, pero sobre todo se conoce la mejor manera de alcanzar el objetivo propuesto, y por ende la persona metódica obtiene mejores resultados que la persona que no sabe cuenta con ningún tipo de método.

CLASIFICACIÓN DE LOS MÉTODOS

Existe una multiplicidad de métodos aplicables en diferentes ramas de la ciencia, los cuales se diferencian por las diferentes técnicas utilizadas[12]. Por ejemplo:
  • método deductivo,  parte de lo general a lo particular
  • método inductivo,  parte de lo particular a lo general
  • métodos psicológicos, se encargan del estudio de la conducta.
·         método de la filosofía, tienen como objeto el descubrimiento de la verdad
·         método analítico, es un camino para llegar a un resultado mediante la descomposición de un fenómeno en sus elementos constitutivos[13]

Esta variedad de métodos nos permite abarcar una mayor extensión en lo que concierne a la investigación. Y en materia jurídica, nos da la posibilidad de tener un campo más amplio de decisión para llegar a nuestro objetivo eligiendo el camino que creamos más conveniente para nuestra investigación jurídica según la técnica que le favorezca.
EL MÉTODO Y LA TÉCNICA

Es necesario comprender la diferencia que existe entre un método y la técnica, pues esta confusión suele darse con demasiada frecuencia. Al lograr diferenciar estos dos conceptos se llegara a comprender la aplicación de un método con ayuda de la técnica para un mejor investigación.

La técnica atañe a los elementos materiales o intangibles que se utilizan en la ejecución de un quehacer determinado. EL método es el camino elegido para realizar una tarea o una obra, la técnica es el instrumento de elaboración o realización[14]. La aplicación de uno conlleva a otro, esto da a entender que el método determina la técnica; aquel es la estrategia y este es el mecanismo o herramienta.

LA METODOLOGÍA JURÍDICA

Por metodología se entiende el procedimiento que se lleva a cabo para alcanzar determinado objetivo, o bien, para dar cuenta de la aplicación de los métodos empleados en la ejecución de determinada tarea. Ahora bien por método jurídico se entiende cualquier técnica de aproximación al fenómeno jurídico en su realidad histórica, humana y social, además de la técnica de interpretación del derecho[15]. Como claros ejemplos tenemos a los iusnaturalistas, iusnormativistas, iusmarxismo, entre otras escuelas jurídicas.

LA RELACIÓN TEÓRICO-METODOLÓGICO

La metodología implica tanto aspectos prácticos como teóricos, estos últimos son logrados con el marco teórico. La unión de lo teórico con lo metodológico, permite integrar la explicación conceptual lo que facilita articular el conocimiento con la acción[16]. Es imprescindible la unión dada entre lo teórico y la práctico, pues, imaginemos, en materia jurídica una ley que no tiene un método, esta no podría ser aplicable pues carece de una forma y un camino para lograr su eficacia, pues la ley no cobraría vida. A forma contraria, ahora imaginemos  que sabemos cuál camino seguir para llegar a un determinado objetivo, pero se carece del conocimiento de conceptos y doctrinas para lograr emprender dicho camino.  Sin la existencia de una integración la teoría se muestra torpe sin una metodología,  y los métodos sustancialmente inútiles a falta de un marco teórico[17]

MARCO AXIOLÓGICO
AXIOLOGÍA

Axiología proviene del griego axio que significa valor y logos que significa estudio. Es la disciplina filosófica que se encarga del estudio del valor, sus fundamentos, su naturaleza, los juicios y formas como lo captamos.  La importancia de la axiología radica en la constante actividad de valoración, y además, en la influencia de lo que para nosotros es en un determinado tiempo.

AXIOLOGÍA JURÍDICA

Incluir lo axiológico nos permite colocarnos ante el mundo de lo reconocido por una comunidad en un momento y espacio dados como valioso[18]. He aquí la necesidad de valores que dan origen a los principios generales jurídicos. Con una implacable argumentación lógica que evita el abuso grandilocuente y la extralimitación semántica, se abre paso al cumplimiento de los valores éticos y jurídicos, con criterios generales de valoración[19], es por eso que debe buscarse la mayor precisión de los conceptos para poder efectuar una reflexión de normas en donde se reconozca la existencia de valor y así mismo la validez de dicha norma.

Es aquí cuando debemos puntualizar que la lógica propia de la ciencia jurídica es aquella que no puede hacer a un lado valores y disvalores[20], sin esta lógica axiológica el derecho no sería derecho, pues no cumpliría con la acción valorativa y de ponderación que debe caracterizar a las leyes; en todo caso sería tan sólo una forma estatal poderosa.[21]. Los principios generales del derecho permiten generar el movimiento hacia los valores[22], por ende obtendremos un derecho de justicia y verdad.

MARCO EPISTEMOLÓGICO
EPISTEMOLOGÍA

La epistemología se ha definido de diversas menaras: ciencia de la ciencia, teoría del conocimiento[23], entre otros. Este es el tercer nivel del conocimiento el cual tiene como objeto la reflexión la cual nos permite realizas una crítica constructiva para lograr el surgimiento de nuevo conocimiento o un cambio en el ya existente.

ESPISTEMOLOGÍA JURÍDICA

El derecho existe y ha construido su existencia en base a la epistemología jurídica, la cual es producto del análisis y reflexión que los juristas han desarrollado a lo largo de la historia. Es por eso que no debemos dejar de darle importancia a ésta, ya que al conocerla y hacer buen uso de ella, es como día a día vamos construyendo un derecho cada vez más justo, igualitario, y basado en los valores que posee la sociedad; por supuesto, utilizando la memoria, la razón y principalmente la reflexión[24]. El conocedor de derecho debe de hacer suyas las leyes y aplicarlas de forma epistémica, al hacerlo así, surgirá un mundo el cual será regulado por un derecho conocedor de leyes.



Concluyendo, para el desarrollo de una investigación de carácter jurídico o cualquier otra ciencia, es necesario tener presente del tema del que se va a investigar, posteriormente plantearnos el problema que haya surgido del tema a tratar y por último realizar la construcción de un marco teórico-metodológico, axiológico epistémico.

La construcción del mencionado marco, nos es de gran importancia ya que con éste se logra el desarrollo adecuado de lo que implica nuestra investigación o cualquier otra, pues como ya lo mencionamos, un marco es un cerco que ciñe y protege, en este caso, nuestro marco es guardián que tiene como objeto la creación e interpretación jurídica, y a la vez proteger a ésta ayudándola a desarrollarse como ciencia. Al mismo tiempo que cumple con estas funciones, también ayuda al jurista, pues contribuye para que éste logre crear nuevo conocimiento, que permitirá alcanzar un nuevo nivel del saber.

Con todo lo anteriormente expuesto comprendemos que el problema de si existe o no ciencia jurídica, no radica en que el derecho carezca de una teoría y una metodología, sino más bien, dicho problema se encuentra presente en los estudiantes, abogados, jurisprudentes y jueces, pues ellos son los encargados de desarrollar las investigaciones que competen en materia de derecho. Lo que nos lleva a decir que muy pocos son los que en realidad se encuentran preparados para esta tarea investigativa y sobre todo, se puede asegurar que son muy pocos los que poseen el conocimiento de la existencia de un marco-jurídico, axiológico, epistémico, ya que en el sistema jurídico mexicano resalta la incapacidad de interpretar y crear leyes conforme a derecho.

Con esto quiero dar a entender que la teoría en conjunto con la metodología, hacen posible el desarrollo de la investigación, sin embargo, no logra estar completo hasta la intervención de la axiología, puesto que los valores son fundamentales para el desarrollo armónico de la sociedad y de ellos surgen los principios en donde se funda el verdadero derecho; y por último y lo más importante es la función de la epistemología, ya que si ésta no se encontrara presente en dicho marco, toda la investigación no sería posible o caería en lo primitivo, pues es la reflexión lo que ilumina al humano en la oscuridad de la ignorancia.

BIBLIOGRAFÍA

Arellano Hobelsberger, Walter. Metodología jurídica. 3 era.ed. México. Porrúa. 2010.
González Ibarra, Juan de Dios. Metodología jurídica epistémica. México. Fontamara, 2006.
González Ibarra, Juan de Dios. Epistemología Jurídica. 4 ta. ed. México, Porrúa, 2013.
Mendieta Alatorres, Ángeles. Métodos de investigación y manual académico, Vigesimoctava edición, editorial Porrúa.
Martínez Pineda, Ángel. Ética y axiología jurídica. 2Da ed., México, Porrúa, 2006.
Witker, Jorge y Larios; Rogelio. Metodología jurídica. México. Mcgraw-Hill. 1997.



 UNADM. ACTIVIDAD 1, EJE 4.

A la pregunta: ¿por qué he elegido hablar el tema anterior? Yo respondo que, si viene cierto la mayoría de la personas se encuentra constantemente creando, innovando e investigando, sin embargo pocas son las que llegan algún resultado, todo ello debido a la falta de un método en su vida. Al intentar exponer la importancia de una metodología en la investigación he tomado al derecho como referencia para lograr comprender el alcance que tiene el aplicar un método en nuestra vida diaria, principalmente en las ciencias sin importar que sean sociales o exactas.

Ahora bien, resulta importante tener un punto de inicio, el cual será la base para lograr llegar al objetivo deseado. Es por ello que yo partí del significado que tiene la palabra metodología, de esta manera, al comprender de lo que estamos hablando podremos, ahora sí, entender la importancia y el alance que tiene, para después aplicarlo a una ciencia o situación en particular.





[1]    M. Bunge, La investigación científica, México, Siglo XXI Editores, 2000, p. 145.
[2]    Witker, Jorge y Larios; Rogelio. Metodología jurídica. México. Mcgraw-Hill. 1997, p. 124
[3]    González Ibarra, Juan de Dios. Metodología jurídica epistémica. México. Fontamara, p. 1
[4]    Arellano Hobelsberger, Walter. Metodología jurídica. 3 era.ed. México. Porrúa. 2010, p.234.
[5]    González Ibarra, Juan de Dios, op.cit., nota 3, p.20.
[6]    Ibidem, p.70
[7]    op.cit., nota 3, p.70
[8]    Arellano Hobelsberger, op.cit., nota 4, p.234
[9]    González Ibarra, Juan de Dios, op.cit., nota 5, p.22
[10]  op.cit., nota 8, p.235
[11]          Cfr. Real Academia Española, Diccionario de la lengua Española, décimo noveno edición, Editorial Espasa Calpe, Madrid, 1970, p. 879
[12]  El doctor Juan de Dios en su libro Metodología jurídica epistémica, señala que: los métodos emplean técnicas generales de investigación como la documentación, observación o la investigación de campo.
[13]          Mendieta Alatorres, Ángeles. Métodos de investigación y manual académico. Vigesimoctava edición, editorial Porrúa, pp.45-57
[14]          Rafael Bielsa. Metodología Jurídica, Editorial Librería y Editorial Castellví, Santa Fe, Argentina, 1961, p.305
[15]  Witker, Jorge y Larias; Rogelio. Metodología jurídica. México. Mcgraw-Hill. 1997, p. 129
[16]  González Ibarra, Juan de Dios. Metodología jurídica epistémica. México. Fontamara, pp. 57-58
[17]  op.cit., nota 16, pp.20-23
[18]  R. Frondizi. ¿Qué son los valores? México, FCE, 1994, p.15.
[19]  Martínez Pineda, Ángel. Ética y axiología jurídica. 2 da ed., México, Porrúa, 2006, p.113
[20]  González Ibarra, Juan de Dios. Metodología jurídica epistémica. México. Fontamara, pp.59-64
[21]  Idem.
[22]  González Ibarra, Juan de Dios. Epistemología Jurídica. 4 ta. ed. México, Porrúa, 2013, p.48
[23]  Ibidem. p. 5
[24]  Ibidem p.23

miércoles, 5 de noviembre de 2014

Los nueve pandas que Arturo no vio.

PROBLEMA

Pepe fue al zoológico a visitar a los pandas, y cuando regresó, le contó a Arturo cuántos pandas vio.

Usa las siguientes claves para resolver este problema:

1. El número de pandas es un número impar.
2. El cuidador del zoológico estaba alimentando a uno. La suma del resto de pandas es un múltiplo de     4
3. El número de pandas es mayor que 3 y menor que 13.
4. El número total de pandas es un múltiplo de 3. 

¿Cuántos pandas había en total? 

SOLUCIÓN

Para llegar a la solución tenemos que ir desarrollando cada uno de las claves para descartar los numero que no son el total de pandas, y así llegar a la cantidad de panda que hay en el zoológico.

Primero debemos establecer el margen, el cual es mayor que 3 y menor que 13. Los número que se encuentran dentro del margen son el numero probable de pandas (4,5,6,7,8,9,10,11, y 12).

Segundo, eliminar los numero pares que se encuentran dentro del margen, para así quedarnos con los número impares, es decir, nos quedamos con el 5,7,9 y 11.

Tercero, descartamos los numero que no son múltiplos de tres, para quedarnos únicamente con el número 9.

COMPROBACIÓN 

La clave número dos nos permite comprobar el resultado obtenido, ya que 9-1=8, y  8 es múltiplo de 4. 

RESULTADO

Con todo lo anterior se puede concluir que el número total de pandas que Pepe vio en el zoológico fueron 9 .